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ARMONIZARÍAN EN LEYES SECUNDARIAS NUEVAS FECHAS DE INICIO DE GOBIERNO Y CONGRESO
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28/03/2025 - Xalapa, Ver.
Reformarían Código Financiero y leyes Orgánica del Poder Legislativo, de Premios y de Catastro por LXVII Legislatura de Veracruz
Reformarían Código Financiero y leyes Orgánica del Poder Legislativo, de Premios y de Catastro
28/03/2025 16:47:34 - Xalapa, Ver. / Boletín informativo
La Diputación Permanente turnó a comisiones la propuesta del diputado Miguel Guillermo Pintos Guillén, que consiste en armonizar las leyes secundarias, derivado del Decreto número 741, que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política local, mediante el que se modificaron las fechas de inicio de funciones de la titularidad del Poder Ejecutivo y del Congreso de Veracruz, así como de los períodos ordinarios de éste, de la presentación del proyecto de presupuesto anual y del informe sobre el estado que guarda la Administración Pública Estatal.
Mediante una Iniciativa, el legislador plantea reformar el Código Financiero y las leyes Orgánica del Poder Legislativo, de Premios y de Catastro, ordenamientos estatales en los que existen disposiciones que no corresponden con algunas de las previsiones constitucionales que ya iniciaron su vigencia.
En el caso específico de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el diputado considera necesario reformar los artículos relativos al modo en que se computará el año legislativo; a las fechas de los períodos de sesiones ordinarias; al asunto de atención preferente en el primer período de sesiones, relativo al presupuesto anual y a las fechas de su presentación; a la posibilidad de que a la primera sesión ordinaria del primer período acudan las personas titulares de los otros poderes; a la fecha de instalación de cada legislatura; al plazo para la entrega de las credenciales de identificación y acceso a las y los diputados electos; al que establece el procedimiento para la celebración de la Sesión de Instalación de una nueva legislatura y a la fecha para la presentación del informe de la Diputación Permanente del último receso de una legislatura que concluye sus funciones.
En lo referente al Código Financiero del estado, se reformarían los artículos vinculados con la fecha de remisión de los anteproyectos de presupuesto por parte de las unidades presupuestales a la Secretaría de Finanzas y Planeación; con el plazo para la presentación del proyecto de presupuesto por parte de esta dependencia a la Gobernadora o Gobernador, para su consideración, y con la fecha para la presentación del presupuesto estatal al Congreso del Estado, por parte de la o el titular del Poder Ejecutivo.
Respecto de la Ley de Catastro, el diputado prevé la reforma al Artículo 51, relativo al plazo que tienen los ayuntamientos para presentar sus propuestas de Tablas de Valores Catastrales ante el Congreso, ya que actualmente se establece que se hará durante el mes de mayo, con la obligación de este Poder de resolver lo conducente antes de que concluya el segundo período de sesiones ordinarias, por lo que al terminar ahora en junio dicho período, se hace necesario anticipar un mes esa obligación de los ayuntamientos, a efecto de dejar un plazo similar al Congreso para el análisis de las propuestas, dado que éstas deben ser ponderadas adecuadamente, ya que sirven para determinar la base con la que se efectúan los cobros de las contribuciones municipales relacionadas con la propiedad inmobiliaria.
El diputado Miguel Guillermo Pintos Guillén incluyó reformar el Artículo 23 nonies de la Ley de Premios del Estado, relacionado con la fecha para la conformación de la Comisión Especial del Premio Estatal a la Mujer, ya que las disposiciones actuales se refieren al mes de enero, que hasta antes de la reforma constitucional era en el que concluía el primer período de sesiones ordinarias del Congreso.
De acuerdo con el Artículo Transitorio Segundo, las reformas a los artículos 3, 5 y 12 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, contenidas en el Decreto, no serán aplicables para el caso del primer año legislativo de la LXVIII Legislatura del Congreso del Estado, que comprenderá del 5 de noviembre de 2027 al 31 de agosto de 2028; tampoco para la Primera Sesión Ordinaria del primer año legislativo de esa legislatura, que se celebrará del 5 de noviembre de 2027 al 31 de enero de 2028, ni para la fecha de la Sesión de Instalación de dicha legislatura, que se llevará a cabo el 5 de noviembre de 2027.
Este proyecto legislativo fue turnado a las comisiones permanentes unidas de Gobernación y de Hacienda del Estado.
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