Dir. Alberto Morales
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LEGISLA CONGRESO EN MATERIA DE VIOLENCIA EN ESPACIOS PÚBLICOS
La LXVI Legislatura confirmó su compromiso de garantizar mayor seguridad y protección a la población femenina, al aprobar que se incluya en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el estado de Veracruz el delito de violencia en los espacios públicos.
31/07/2024 - Xalapa, Ver.
La LXVI Legislatura confirmó su compromiso de garantizar mayor seguridad y protección a la población femenina, al aprobar que se incluya en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el estado de Veracruz el delito de violencia en los espacios públicos. por Legislatura de Veracruz LXVI

Aprueban diputadas y diputados incluir este delito en la ley respectiva para garantizar mayor protección a las mujeres.

31/07/2024 20:43:33 - Xalapa, Ver. / Boletín informativo

 

 

La LXVI Legislatura confirmó su compromiso de garantizar mayor seguridad y protección a la población femenina, al aprobar que se incluya en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el estado de Veracruz el delito de violencia en los espacios públicos.

 

En la Décima Sesión Ordinaria, el Pleno del Congreso aprobó con 43 votos, sin votos en contra ni abstenciones, el dictamen con proyecto de Decreto que adiciona diversas disposiciones a dicho ordenamiento estatal, presentado por la Comisión Permanente para la Igualdad de Género.

 

Este dictamen es derivado de la iniciativa presentada en la sesión ordinaria del 2 de junio de 2022 por las y los legisladores Verónica Pulido Herrera, Jaime Enrique de la Garza Martínez, Miguel David Hermida Copado, Enrique Cambranis Torres, Nora Jéssica Lagunes Jáuregui, Itzel Yescas Valdivia, Ruth Callejas Roldán, Citlali Medellín Careaga, Anilú Ingram Vallines y Arianna Guadalupe Ángeles Aguirre.

 

De acuerdo con el dictamen aprobado, la adición de la Fracción VIII al Artículo 8 añade al listado de modalidades de violencia contra las mujeres la que se cometa en los espacios públicos y que en el texto es definida como "todas aquellas conductas físicas o verbales de connotación sexual, que, sin su consentimiento, son ejercidas en contra de las mujeres por una persona o varias personas desconocidas en lugares públicos o de acceso al público, como la calle y el transporte público, que tiene como objeto dañar su integridad, libertad, libre circulación y que las sitúa como objeto sexual a través del miedo, la humillación y la intimidación".

 

A su vez, el Artículo 13 Decies, que añade también a la misma Ley el Capítulo XI denominado De la Violencia en los Espacios Públicos, establece que "las autoridades estatal y municipales y los organismos autónomos, en el ámbito de sus competencias, tomarán todas las medidas necesarias para garantizar a las mujeres el ejercicio pleno del derecho a una vida libre de violencia en los espacios públicos".

 

En la etapa de posicionamientos, por el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), la diputada Verónica Pulido Herrera, dijo que "el acoso limita la capacidad de las mujeres, porque esta violencia no es accidental, es resultado de la discriminación arraigada que ve a las mujeres como objeto sexual".

 

Con esta reforma, añadió, "estamos brindando herramientas a las mujeres para denunciar y a las autoridades para prevenir y atender estas agresiones de tipo sexual en los espacios públicos". La Diputada concluyó afirmando que "este Poder Legislativo cumple con su cometido de salvaguardar desde la Ley, ahora corresponde aplicarla de manera puntual".