Dir. Alberto Morales
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SEÑALIZACIÓN BRAILLE EN ESPACIOS PÚBLICOS
30/01/2020 - Xalapa, Ver.
por archivo / víctor fuentes
Aprueban diputados locales adiciones a la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres del Estado.
30/01/2020 19:55:14 - Xalapa, Ver. / Boletín informativo

 

 

Con 46 votos, el Congreso de Veracruz aprobó el dictamen por el cual se establece que en los sitios públicos se coloque señalética adaptada al sistema Braille, como medida incluyente para las personas con discapacidad, especialmente las de discapacidad visual o ceguera, a iniciativa presentada por la diputada Montserrat Ortega Ruiz.

 

Las Comisiones Permanentes Unidas de Protección Civil y de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables, someten a la consideración del Pleno de esta Soberanía el Dictamen con Proyecto de Decreto que adiciona un párrafo segundo al Artículo 63 y el Artículo 63 bis, a la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

 

El dictamen reconoce que las personas con discapacidad tienen derecho de desplazarse libremente y sin riesgos en lugares públicos y que, por lo tanto, debe incorporarse en la ley que en todos los establecimientos de acceso al público, ya sea de la iniciativa privada o del sector público, deben colocarse señales en sistema Braille, puesto que las personas ciegas o con discapacidad visual pueden acceder a la lectoescritura a través de este sistema, basado en puntos en relieve que son "leídos" a través del tacto, con ello, en caso de alguna eventualidad, podrán ubicar las salidas de emergencia o los puntos de reunión del lugar.

 

De acuerdo con la reforma aprobada, la señalización de protección civil referida deberá incluir placas en el sistema Braille para las personas con discapacidad visual o ceguera, conforme a las Normas Oficiales Mexicanas y Tratados Internacionales aplicables.

 

Asimismo, la señalización vertical permitirá una zona de barrido ergonómico al alcance de la mano, deberá colocarse a una altura de entre 110 y 130 centímetros del piso base.

 

La dimensión de la placa será en función de la información que contenga y máximo de 30 centímetros de ancho. Ésta se ubicará a una distancia máxima de 20 centímetros del vano de la puerta, del lado de la manija o botones, en su caso.

 

Cuando existan puertas de doble hoja o no exista puerta, la señalización debe estar colocada en la pared más cercana, preferentemente del lado derecho.

 

En rampas, escaleras o intersección de pasillos que contengan pasamanos, se colocará, en el inicio y final de éstos, información en sistema Braille que indique el número de piso o la referencia de alguna señalización en muro.

 

La señalización del sistema Braille deberá atender la medida estandarizada internacionalmente, respetando dichos parámetros para su correcta interpretación. La escritura en Braille dentro de un señalamiento se colocará en la esquina inferior izquierda a una distancia de entre 1 y 3 centímetros del borde del mismo.

 

De acuerdo con el artículo segundo transitorio, la señalización ordenada en este Decreto deberá colocarse a más tardar en un plazo de 180 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del mismo.

 

En el mundo, según el sitio web incluyeme.com, hay aproximadamente 285 millones de personas con discapacidad visual, de las cuales 39 millones son ciegas y 246 millones presentan baja visión.

 

En México, según el estudio de Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), de acuerdo con los datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (Enadid) 2014, asisten a la escuela 40.4 por ciento de los hombres de entre 3 y 29 años de edad con discapacidad visual y 50.6 por ciento de las mujeres con esa misma discapacidad.