Dir. Alberto Morales
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IPE DEBERÁ INFORMAR ADEUDOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO: IVAI
En la sesión del IVAI de este día, se ordenó al Instituto de Pensiones del Estado (IPE) entregar y/o poner a disposición los documentos y registros en los que consten los adeudos del Gobierno del Estado de Veracruz en el periodo de diciembre de 2016 a julio de 2018, detallando subsidio extraordinario y ordinario, cuotas retenidas a empleados, aportaciones patrimoniales, cuotas y aportaciones municipales, entre otros.
05/06/2019 - Xalapa, Ver.
En la sesión del IVAI de este día, se ordenó al Instituto de Pensiones del Estado (IPE) entregar y/o poner a disposición los documentos y registros en los que consten los adeudos del Gobierno del Estado de Veracruz en el periodo de diciembre de 2016 a julio de 2018, detallando subsidio extraordinario y ordinario, cuotas retenidas a empleados, aportaciones patrimoniales, cuotas y aportaciones municipales, entre otros. por Cortesía Cortesía

Además, cuotas retenidas a empleados, aportaciones y monto que debe a derechohabientes.

05/06/2019 17:20:34 - Xalapa, Ver. / Boletín informativo

 


Xalapa, Ver., 4 de junio de 2019.- El Instituto de Pensiones del Estado (IPE) deberá entregar y/o poner a disposición los documentos y registros en los que consten los adeudos del Gobierno del Estado de Veracruz en el periodo de diciembre de 2016 a julio de 2018, detallando subsidio extraordinario y ordinario, cuotas retenidas a empleados, aportaciones patrimoniales, cuotas y aportaciones municipales; monto necesario para cubrir los adeudos del IPE ante sus derechohabientes activos y pensionados; monto del déficit de la reserva técnica del Instituto del 2010 al 2018, detallando uso y destino que se dio durante ese lapso al patrimonio administrado a través del fideicomiso.


Así lo ordenó el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) al resolver el recurso de revisión IVAI-REV/2497/2018/III. Si bien este fue interpuesto porque el solicitante no veía la respuesta que envió el sujeto obligado, en aras de maximizar su derecho a saber, los comisionados Yolli García Alvarez, José Rubén Mendoza Hernández y Arturo Mariscal Rodríguez analizaron si esta correspondió a lo requerido.


Respecto a la deuda del Gobierno del Estado, la subdirectora de Finanzas del IPE informó que no existía adeudo en el periodo señalado; sobre el monto necesario para cubrir los adeudos del Instituto con sus derechohabientes por concepto de beneficios tramitados, manifestó que al 21 de agosto de 2018, de conformidad con las solicitudes recibidas, es de $2,667,483.00 (dos millones seiscientos sesenta y siete mil cuatrocientos ochenta y tres pesos 00/100). En cuanto al monto de déficit de la reserva técnica del Instituto señaló los montos utilizados de 2010 al 2016 y el uso que se les dio, indicando que del 1 de diciembre de 2016 al 31 de julio de 2018 no se han utilizado recursos.


No obstante, el IVAI identificó que al responder el IPE elaboró un documento ad hoc (especial) para dar contestación, lo que no estaba obligado a generar, de conformidad con el criterio emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales que indica que los sujetos obligados deben proporcionar la información con la que cuenten en el formato en que obre en sus archivos.


Tras la revisión de la normatividad que rige al Instituto y de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los comisionados establecieron que para tener por colmado el derecho de acceso a la información, el Instituto de Pensiones deberá entregar los reportes, informes o detalles que arrojen los sistemas y registros contables como son los estados financieros (incluyendo las notas a los mismos), el informe anual que presenta el director del Instituto, las actas de las sesiones del Comité Técnico del Fideicomiso de la Reserva Técnica y/o todos aquellos documentos de los que se desprenda la información que atienda lo requerido.


Si la información consta de menos de veinte hojas, el IPE deberá entregarla de forma gratuita; si son más, deberá señalar el número, costo, forma de pago, horario y domicilio para su pago y entrega, personal que dará lo pedido o, en su caso, el costo de envío. Sin embargo, de contar con ella en forma digital deberá remitirla de esa manera; si rebasa el límite de carga del sistema Infomex o del correo electrónico deberá compartir los archivos mediante cualquier servicio de alojamiento en la nube.


Finalmente, si la documentación contara con datos personales, deberá ser entregada en versión pública aprobada por su Comité de Transparencia.


En la sesión pública de hoy se emitieron 43 sentencias, correspondientes a 423 recursos de revisión y 9 denuncias por incumplimiento de obligaciones de transparencia.